EN EL CONFIDENCIAL

¿Tu inquilino no te paga? También puedes deducirlo como gastos en la declaración

La campaña de la renta 2017 ya ha comenzado y, en El Confidencial, han puesto el foco en las viviendas de alquiler. Así, el diario explica que los propietarios que tengan una vivienda alquilada se pueden deducir una serie de gastos, entre los que se encuentra los impagos de los inquilinos morosos.

Además, en los casos en los que el inquilino termina pagando al casero, éste tiene que declarar esos ingresos en el año en el que los reciba. Sobre esta cuestión ha reflexionado Paula Satrústegui, directora de planificación financiera de Abante, que ha explicado que “si en algún momento se cobran las cantidades adeudadas o parte de ellas, deberán declararse como ingresos del capital inmobiliario“.

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