En plena campaña de renta, Idealista News publica un artículo centrándose en las bonificaciones fiscales que tienen los mayores de 65 años que venden su casa u otro inmueble.
Así, si lo que se vende es la vivienda habitual, la exención es del 100%. En cambio, cuando lo que se venda es una segunda residencia o cualquier otro inmueble que no es el habitual, la bonificación fiscal del 100% solo se aplica si la ganancia obtenida se invierte en una renta vitalicia.
Paula Satrústegui, directora de asesoramiento patrimonial de Abante, explica que “una renta vitalicia se contrata con una aseguradora o un banco y consiste en que, tras invertir una cantidad concreta, la entidad te paga una renta que suele ser mensual hasta que el contratante fallece”.
Aquí podéis leer el artículo completo.
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