Ya puedo jubilarme, ¿qué debo tener en cuenta?

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07/12/2016

El hecho de que nuestra esperanza de vida crezca progresivamente y nuestras condiciones físicas y mentales a los 65 años también mejoren año a año, tiene diferentes consecuencias. Es a partir de los 60 años, cuando pensamos “ya puedo jubilarme, ¿qué debo tener en cuenta?”, “¿Quiero prolongar mi actividad laboral?”, “¿Tengo ahorrado el suficiente dinero para mantener mi nivel de vida?”. Aunque en España todavía es poco frecuente, cada vez hay más personas que deciden continuar trabajando.

Los unretired  (término inglés para los que deciden no jubilarse) pueden serlo porque desean prolongar una actividad laboral que les gusta o quieren comenzar algún tipo de actividad que les interesa y que hasta ese momento no se habían planteado –sin hacer los mismos horarios que durante su carrera profesional o con otro tipo de condiciones–. En el artículo de Luis Ángel de la Viuda que publicamos hace unas semanas se analiza, precisamente, este tema.

También puede darse la circunstancia de que una persona decida prolongar su actividad profesional porque considera que no va a tener el dinero suficiente para mantener el nivel de vida que quiere durante su jubilación.

Esta decisión personal tiene una serie de implicaciones desde el punto de vista financiero. Si prolongamos la actividad laboral, ¿recibiremos la pensión de jubilación?, ¿podremos seguir aportando al plan de pensiones o rescatarlo?, ¿podemos compatibilizar la pensión con el trabajo? Vamos a ver alguna de estas cuestiones que se nos plantean en el momento de prolongar nuestra actividad.

¿Se puede compatibilizar la pensión con los ingresos del trabajo?

Podemos compatibilizar la pensión de la Seguridad Social con ingresos del trabajo con las siguientes modalidades de jubilación (y cuando finalice la relación laboral, se cobrará el importe íntegro que nos corresponda, sin los complementos por trabajar más allá de la edad legal de jubilación): jubilación activa, jubilación parcial, jubilación flexible.

¿Puedo rescatar mi plan de pensiones?

Los beneficiarios de la jubilación parcial, flexible y activa tendrán la consideración de pensionista a todos los efectos, por lo que es compatible con el rescate de planes de pensiones. Sin embargo, antes de retirar el dinero del plan, habrá que analizar el impacto fiscal del mismo y si conviene retrasar el cobro o no.

¿Puedo seguir aportando a mi plan de pensiones?

Se podrá seguir aportando al plan de pensiones durante los años en los que se compatibilice la pensión con los rendimientos del trabajo o actividades económicas. Sin embargo, una vez que empiece a rescatar, las nuevas aportaciones cubrirán únicamente las contingencias de dependencia y de fallecimiento.

¿Qué ocurre si continúo trabajando sin acogerme a la jubilación activa?

Se incentiva desde hace años la ampliación de forma voluntaria de la vida laboral más allá de la edad legal de jubilación debido a los beneficios que tiene para el sistema de la Seguridad Social. Se beneficia a quienes lo hacen, con una pensión superior, cuando dejan de trabajar de manera definitiva. La cotización será menor durante esos años.

Siempre que hayamos reunido el período mínimo de cotización exigido y nos jubilemos a una edad superior a la legal, recibiremos un porcentaje adicional por cada ejercicio completo cotizado de más.