Renta 2019: fechas clave y novedades

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25/03/2020

Un año más, nos toca saldar cuentas con Hacienda. La campaña de la renta 2019 arranca el próximo 1 de abril y lo hace en medio de la crisis sanitaria del COVID-19 y de las restricciones y medidas de confinamiento decretadas por el estado de alarma.

Tal y como se publicó en el BOE el pasado jueves 19 de marzo, el calendario que Hacienda había anunciado se mantiene, por lo que los contribuyentes tenemos de plazo desde el próximo 1 de abril hasta el 30 de junio -ambos incluidos- para presentar la declaración del IRPF y de Patrimonio correspondientes al ejercicio 2019.

A pesar de que se han ampliado los plazos para algunos trámites tributarios, como, por ejemplo, para el pago de algunas deudas tributarias o si tenemos que regularizar algún impuesto, desde el Ministerio de Hacienda han señalado que “se ha considerado especialmente importante en las circunstancias actuales mantener la campaña de la renta en las fechas previstas para que los contribuyentes puedan recibir sus devoluciones cuanto antes”.

En este sentido, señalan que cerca del 70% de las declaraciones salen a devolver y que las que salen a ingresar solo se empiezan a pagar a final de la campaña. Así, este año, a partir del día 3 de abril los contribuyentes podremos empezar a recibir las devoluciones, en el caso de que nos correspondan. El año pasado, pasados los dos primeros días de la campaña, Hacienda había devuelto ya un total de 114 millones de euros, un 30% más que en la campaña anterior.

Desde Hacienda también destacan que casi el 90% de las declaraciones ya se hacen de forma online, una tendencia que seguramente siga creciendo. En este sentido conviene recordar que el año pasado el número de declaraciones que se hicieron a través de la aplicación móvil creció un 45,5% respecto a la campaña anterior, que fue el primer año con la app.

Calendario: ¿cuáles son las fechas clave?

– Desde el pasado 23 de marzo ya podemos consultar nuestros datos fiscales. Lo podemos hacer desde la página web de la Agencia Tributaria o a través de nuestro móvil, utilizando la aplicación de Hacienda. Podemos acceder a nuestros datos fiscales como siempre, mediante nuestro número de referencia, el sistema Cl@ve PIN o bien mediante el certificado electrónico. En este último caso, desde Hacienda ya han señalado que se podrán seguir utilizando los certificados caducados.

El 1 de abril es el primer día para presentar nuestra declaración de la renta y patrimonio por vía electrónica.

– Desde el 5 de mayo hasta el 29 de junio podemos pedir cita previa a través del plan “LE LLAMAMOS” para realizar la declaración por teléfono y el día  7 de mayo se inicia la atención telefónica. El 13 de mayo estaba previsto que comenzara la atención presencial en oficinas, pero desde la Agencia Tributaría han comunicado que “la atención presencial en campaña de Renta en las oficinas de la AEAT queda supeditada a las condiciones que vayan marcando en cada momento las circunstancias sanitarias”.

– Si la declaración nos sale a pagar y queremos realizar el ingreso mediante domiciliación bancaria, tenemos de fecha límite hasta el 25 de junio.

El 30 de junio finaliza la campaña de la renta y patrimonio 2019.

 ¿Quién está obligado a presentar la declaración?

Como siempre, todos los contribuyentes que hayan recibido, de un solo pagador, rendimientos del trabajo personal, iguales o superiores a 22.000 euros anuales están obligados a presentar la declaración del IRPF.

Para las rentas procedentes de más de un pagador, la norma se mantiene igual que el año pasado –a partir de 14.000 euros-, con la única diferencia que en el ejercicio anterior el nuevo límite se aplicaba desde el 5 de julio de 2018, por lo que el umbral para la renta de 2018 se mantuvo en 12.643 euros. Para la de este año el límite está en 14.000 euros.

En ambos casos conviene recordar que, aunque no se esté por debajo del límite, quien quiera recibir una eventual devolución tiene que presentar la declaración. Es decir, no es obligatorio, pero sí se puede presentar.

¿Cuáles son las novedades de esta campaña?

El año pasado se ampliaron una serie de deducciones, como la deducción por maternidad o por familia numerosa, que se siguen manteniendo este año. Además, para todos aquellos que el año pasaron recibieron un premio de lotería, hay que recordar que en 2019 solo hay que tributar por el premio si se superan los 20.000 euros. Para la declaración de 2020, será a partir de 40.000 euros.

Al margen de los cambios en materia de deducciones y exenciones que ya estaban vigentes el año pasado, la campaña de la renta de 2019 trae una serie de novedades que afectan a la gestión y a la distribución del propio impuesto del IRPF.

El primer cambio afecta al apartado de inmuebles. Tal y como señalan desde la Agencia Tributaria, “se simplifica la identificación del domicilio fiscal del contribuyente, que este año se realizará de forma separada al resto de la declaración”. De esta forma, se consolida en un único apartado, relativo a bienes inmuebles, toda la información relacionada con los inmuebles de los que somos titular, para especificar el uso que se ha hecho de cada uno de ellos durante el ejercicio.

Además, respecto a los rendimientos de capital inmobiliario se ha creado un nuevo anexo -de cumplimentación voluntaria-, para consignar el NIF de los proveedores de determinados gastos y el importe de estos. El objetivo es agilizar el trámite en las devoluciones y reducir los requerimientos.

Por último, en relación con los rendimientos de actividades económicas en estimación directa, se modifica la relación de ingresos computables y gastos deducibles, para “dar mayor seguridad jurídica a los obligados tributarios”. Tal y como se recoge en el BOE, desde la Agencia Tributaria han realizado estas modificaciones con el objetivo de “reducir las cargas fiscales indirectas, de mejorar la asistencia al contribuyente, de limitar, en la medida de lo posible, los requerimientos a los contribuyentes y, en último término, lograr una Administración tributaria más eficiente”.

*Este artículo se ha actualizado a 6 de mayo de 2020.