¿Cómo puedo ahorrar dinero con la declaración de la renta?

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03/06/2019

En plena recta final de la campaña de la renta 2018el 1 de julio es el último día para presentar la declaración-, son muchos los contribuyentes que ya han rendido cuentas con el fisco. En concreto, en el ecuador de la campaña, Hacienda había devuelto ya más de 3.000 millones de euros a más de 4,48 millones de contribuyentes, un incremento del 14% respecto al año pasado.

Cuando pensamos en hacer la declaración de la renta y reflexionamos sobre todos los movimientos -tanto positivos como negativos- que nos generaron nuestras finanzas durante el ejercicio anterior, siempre nos hacemos la misma pregunta: ¿me saldrá a pagar o a devolver este año?

Objetivo: reducir nuestra factura fiscal

Por lo general, nos solemos acordar de nuestras contribuciones con Hacienda cuando comienza la campaña de la renta de cada año. Y, aunque es cierto que nos podemos aplicar varias deducciones que quizás se nos habían pasado por alto, en ese momento tenemos poco margen de maniobra para reducir nuestra factura fiscal.

Anticiparnos y pensar en la declaración de la renta que tendremos que hacer el próximo año nos va a ayudar a poner todas nuestras finanzas en perspectiva y valorar qué opciones tenemos y qué estrategia fiscal es la más adecuada para poder pagar menos impuestos.

Las nuevas deducciones

En los presupuestos generales del año pasado se aprobaron una serie de nuevas deducciones y exenciones que puede que se nos hayan olvidado y que aún estemos a tiempo de aplicarnos.

La deducción por maternidad se ha ampliado en 1.000 euros anuales, quedando así en su conjunto en 2.200 euros al año -para los contribuyentes que sufraguen gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados-. Aquí, además, hay que recordar que, por primera vez este año, y tras la sentencia del Supremo del pasado mes de octubre, las prestaciones por maternidad y paternidad están exentas de tributar.

También se han ampliado las deducciones por familia numerosa. El aumento es de 600 euros al año -50 euros al mes- y se aplicará a cada hijo que se tenga a partir del cuarto para la categoría general o del sexto para la especial. Este incremento entró en vigor en agosto del año pasado, por lo que para la declaración de 2018 la deducción máxima que nos vamos a poder aplicar es de 250 euros.

Asimismo, en los presupuestos se aprobó una nueva deducción por cónyuge con discapacidad a cargo de 1.200 euros al año (100 euros al mes). Al igual que sucede con la deducción para familias numerosas, al entrar en vigor el pasado agosto, la deducción máxima para esta campaña es de 500 euros.

Por otro lado, si durante el pasado ejercicio tuvimos algo de suerte y fuimos agraciados con algún premio de lotería, tenemos que saber que el importe libre de impuestos se ha cuadriplicado desde los 2.500 euros anteriores, hasta los 10.000 euros que ahora están exentos de tributar en el IRPF.

¿Cómo puedo ahorrar con la vivienda?

Respecto al alquiler de la vivienda, debemos tener en cuenta que, tanto si somos el arrendador como el arrendatario, nos podemos aplicar una serie deducciones, sujetas, eso sí, a ciertas condiciones.

Cuando hablamos de la vivienda habitual una de las dudas más comunes tiene que ver con la hipoteca: ¿la amortizo ahora? Lo primero que hay que saber es que si hemos comprado nuestra vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 nos podemos deducir un 15% de las cantidades que hemos aportado anualmente (por ejemplo, a través de la hipoteca), hasta un máximo de 9.040 euros. Si el importe de lo que hemos pagado este año es inferior a esos 9.040 euros y no tenemos comisión de cancelación anticipada tendríamos que valorar si nos compensa amortizar anticipadamente parte de la hipoteca hasta alcanzar dicho límite y así deducirnos una mayor cuantía.

Ahorrar compensando mis inversiones

Las ganancias o pérdidas patrimoniales que hayamos podido tener en 2018 con la venta de acciones, ETFs, derivados, divisas, fondos de inversión o inmuebles las podemos compensar entre sí, y lo mismo sucede con las rentas que nos hayan podido generar el resto de productos financieros que se integran en la base del ahorro (venta de bonos y obligaciones, letras del tesoro, depósitos estructurados, rescate de Unit Linked, seguros de vida-ahorro, intereses de depósitos y cuentas corrientes, PIAS, etc.).

Así, para optimizar la fiscalidad de nuestras inversiones, lo primero que podríamos hacer es compensar los rendimientos positivos del capital mobiliario, generados, por ejemplo, por el rescate de un Unit Linked y de los intereses de una cuenta corriente, con unos rendimientos negativos generados, por ejemplo, con la venta de un bono. Después, haríamos lo mismo con los productos del segundo cuadro, de forma que si seguimos acumulando rentas negativas podemos compensar cruzadamente los rendimientos de ambos cuadros, con un límite del 25%. Si aún nos siguen quedando rentas negativas, disponemos de los cuatro próximos ejercicios para poder compensarlas -lo mismo sucede con la base general-.

¿Qué deducciones tiene mi plan de pensiones?

Las aportaciones que hacemos cada año a nuestro plan de pensiones son deducibles de nuestra base imponible general. Hacienda nos va a devolver parte del dinero que hayamos invertido -hasta un máximo que será la menor de estas dos cantidades: 8.000 euros o el 30% de nuestros rendimientos netos del trabajo y actividades económicas- y siempre en función de nuestro tipo marginal. Así, si durante el año pasado aportamos 1.000 euros a nuestro plan y tenemos un tipo marginal del 19%, este año, al hacer la declaración, Hacienda nos va a devolver 190 euros.

Respecto a las aportaciones, hay que tener presente que podemos aportar al plan de un familiar -cónyuge o persona con discapacidad-, bajo una serie de límites.

En lo relativo al rescate, conviene recordar que, cuando nos jubilamos, no tenemos la obligación de rescatar el dinero de forma inmediata. La realidad es que si lo hacemos cuando ya estamos cobrando la pensión pública pagaremos menos impuestos porque, por lo general, nuestra base imponible es menor.

Otro factor importante es la reducción del 40% que existe para las aportaciones realizadas antes de 2006 y que se rescaten en forma de capital, que están limitadas en el tiempo.

Por último, para reducir nuestra factura fiscal, hay otras cuestiones que hay que tener en mente, como las deducciones por donativos y otras aportaciones, y si nos interesa hacer la declaración en pareja o por separado.